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A tenor de lo dispuesto en el artículo 5.1 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, son máximos órganos de dirección:

Respuestas
  • APresidente, Vicepresidente y Consejo de Dirección.
  • BPresidente, Consejo de Administración y Directo-Gerente.
  • CPresidente, Consejo de Dirección y Director-Gerente.
  • DPresidente y Consejo de Administración.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
Tema
Tema 6. Estructura orgánica del Ministerio de Interior. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Entidad Pública Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo: organización y competencias
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 9. El Ministerio del Interior: Estructura orgánica. Secretaría General de Instituciones Penitenciarias: Organización y competencias. Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado y Unión Europea
Tema
Tema 6. El Ministerio del Interior: estructura orgánica. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias: organización y competencias. La Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo: organización y competencias
Ley
Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo

Preguntas similares

1. Conforme al artículo 5 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la entidad tendrá como máximos órganos de dirección:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl Presidente, el Consejo de Administración y el Director-Gerente.
  • BEl Presidente, el Vicepresidente, el Consejo de Administración y el Director-Gerente.
  • CEl Presidente, el Consejo de Dirección y el Director-Gerente.
  • DEl Presidente, el Consejo de Administración, el Secretario y el Director-Gerente.
2. A tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la estructura de su presupuesto:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ASerá la correspondiente a los presupuestos de explotación y capital de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • BSerá la correspondiente a los presupuestos del estado de ingresos obtenidos con la venta de los productos elaborados en los talleres.
  • CSerá la correspondiente a los presupuestos de explotación comercial de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • DSerá la correspondiente al presupuesto empresarial de las Entidades que forman parte del sector público estatal.
3. A tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la estructura de su presupuesto:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ASerá la correspondiente a los presupuestos de explotación y capital de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • BSerá la correspondiente a los presupuestos del estado de ingresos obtenidos con la venta de los productos elaborados en los talleres.
  • CSerá la correspondiente a los presupuestos de explotación comercial de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • DSerá la correspondiente al presupuesto empresarial de las Entidades que forman parte del sector público estatal.
4. A tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la estructura de su presupuesto:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ASerá la correspondiente a los presupuestos de explotación y capital de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • BSerá la correspondiente a los presupuestos del estado de ingresos obtenidos con la venta de los productos elaborados en los talleres.
  • CSerá la correspondiente a los presupuestos de explotación comercial de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • DSerá la correspondiente al presupuesto empresarial de las Entidades que forman parte del sector público estatal.
5. Señale la opción incorrecta a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl anteproyecto lo remitirá al Ministerio del Interior, para su posterior tramitación de acuerdo con lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
  • BLa entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo elaborará anualmente su anteproyecto de presupuesto.
  • CLa estructura de su presupuesto será la correspondiente a los presupuestos de explotación y capital de las entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • DLa estructura de su presupuesto será la establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter estimativo.
6. Según el artículo 14 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la Entidad:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter aproximado
  • BEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter concreto.
  • CEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter estimativo.
  • DEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter imperativo.
7. Según el artículo 14 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la Entidad:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter aproximado
  • BEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter concreto.
  • CEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter estimativo.
  • DEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter imperativo.

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