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Según dispone el Estatuto, aprobado por Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, el Director Gerente de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo:

Respuestas
  • AConvoca y preside el Consejo de Administración.
  • BRinde cuentas anuales al Tribunal de Cuentas.
  • CAprueba los planes generales de actuación de la Entidad.
  • DDesempeña las funciones de Secretario del Consejo de Administración, con voz y voto.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
Tema
Tema 6. Estructura orgánica del Ministerio de Interior. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Entidad Pública Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo: organización y competencias
Ley
Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-11-14 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Según el artículo 14 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la Entidad:
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  • AEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter aproximado
  • BEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter concreto.
  • CEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter estimativo.
  • DEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter imperativo.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, del Estatuto de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, entre las funciones del Director-Gerente, se encuentra:
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  • AAprobar los planes generales de actuación de la Entidad.
  • BEl control técnico y administrativo de los servicios, instalaciones y talleres.
  • CRendir cuentas anuales al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con la normativa presupuestaria.
  • DCumplir y velar por el cumplimiento de los fines esenciales de la Entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
3. Señale la respuesta correcta según lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo:
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  • AEl Consejo de Administración, que no podrá exceder de trece miembros, estará formado por el Presidente y los vocales.
  • BAsistirá, asimismo, a las sesiones del Consejo de Administración, con voz y con voto, un representante de la Intervención Delegada en el Ministerio del Interior.
  • CAl Presidente le corresponde dirigir las deliberaciones del Consejo, que deberá reunirse, siempre, dos veces al año.
  • DEn el caso de vacante, ausencia o enfermedad del Director-Gerente, las funciones de secretario recaerán en el Director General de Ejecución Penal y Reinserción Social.
4. De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, es función del Presidente:
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  • AAprobar el plan de actuación de la Entidad, en coordinación con el de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
  • BRendir cuentas anuales al Tribunal de Cuentas.
  • CCumplir y velar por el cumplimiento de los fines esenciales de la Entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
  • DDeterminar anualmente el módulo retributivo de los internos que realicen trabajos productivos en los talleres penitenciarios.
5. A tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la estructura de su presupuesto:
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  • ASerá la correspondiente a los presupuestos de explotación y capital de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • BSerá la correspondiente a los presupuestos del estado de ingresos obtenidos con la venta de los productos elaborados en los talleres.
  • CSerá la correspondiente a los presupuestos de explotación comercial de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • DSerá la correspondiente al presupuesto empresarial de las Entidades que forman parte del sector público estatal.
6. A tenor de lo dispuesto en el artículo 5.1 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, son máximos órganos de dirección:
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  • APresidente, Vicepresidente y Consejo de Dirección.
  • BPresidente, Consejo de Administración y Directo-Gerente.
  • CPresidente, Consejo de Dirección y Director-Gerente.
  • DPresidente y Consejo de Administración.
7. Según establece el artículo 4.1 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, el trabajo de los reclusos será retribuido conforme a:
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  • AEl rendimiento normal de la actividad y la categoría profesional.
  • BLa categoría profesional y el horario de trabajo efectivamente cumplido.
  • CEl rendimiento normal de la actividad y el horario de trabajo efectivamente cumplido.
  • DEl rendimiento normal de la actividad, categoría profesional y horario de trabajo efectivamente cumplido.
8. De acuerdo con el Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, NO será miembro del Consejo de Administración:
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  • AEl/la Subdirector/a General de Relaciones Institucionales y Coordinación Territorial.
  • BEl/la Subdirector/a General de Análisis e Inspección de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
  • CEl/la Subdirector/a General de Recursos Humanos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
  • DUn/a representante de la Abogacía del Estado del Ministerio del Interior y el Jefe de la Oficina Presupuestaria del citado Ministerio.
9. Conforme al artículo 2 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, ¿cuál es el objeto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo?
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  • AColaborar de forma permanente con las instituciones y organismos dedicadas a la asistencia de los internos y a la rehabilitación de los excarcelados.
  • BPrestar a los internos la asistencia social necesaria.
  • CLa promoción, organización y control del trabajo productivo y la formación para el empleo de los reclusos de los centros penitenciarios.
  • DDefinir las líneas generales de las prestaciones sociales a los internos y liberados.

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