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Según lo establecido en el artículo 58.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, ¿qué período abarca la paga de junio?

Respuestas
  • ALa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio.
  • BLa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de junio.
  • CLa paga de junio corresponde al período que va del 1 de diciembre al 31 de mayo.
  • DLa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Administración de Recursos Humanos
Tema
Tema 21. El personal laboral de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El IV Convenio Único de Personal Laboral de la Administración General del Estado: estructura y contenido
Ley
Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado

Preguntas similares

1. ¿Qué sistemas selectivos establece el artículo 29 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado?
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  • ASerán la oposición y concurso y se regirán por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de acuerdo con la legislación vigente.
  • BSerán la oposición, el concurso y el concurso-oposición y se regirán por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de acuerdo con la legislación vigente.
  • CSerán la oposición y concurso-oposición y se regirán por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de acuerdo con la legislación vigente.
  • DLos sistemas selectivos incluyen la oposición y el concurso, y estarán regulados por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad según la legislación vigente.
2. Según lo establecido en el artículo 65.1 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, la aprobación del calendario laboral se realizará:
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  • AAntes del 31 de diciembre del siguiente año.
  • BAntes del 1 de enero del siguiente.
  • CAntes del 28 de febrero del siguiente año.
  • DAntes del 30 de mayo del año siguiente.
3. De acuerdo con lo expuesto en el artículo 3.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, ¿qué duración tiene este Convenio?
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  • ALa duración del Convenio se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2022, y cualquiera de las partes puede denunciarlo en los dos meses previos a su finalización.
  • BLa vigencia del Convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022, pudiendo ser denunciado por cualquiera de las partes, dentro de los tres meses inmediatos anteriores a la terminación de su vigencia.
  • CLa vigencia del Convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, pudiendo ser denunciado por cualquiera de las partes, dentro de los tres meses inmediatos anteriores a la terminación de su vigencia.
  • DLa vigencia del Convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, pudiendo ser denunciado por cualquiera de las partes, dentro de los dos meses inmediatos anteriores a la terminación de su vigencia.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, ¿cómo se estructura la composición de la Comisión Paritaria?
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  • AEsta Comisión estará compuesta por veinticinco personas en representación de cada una de las partes.
  • BLa composición de esta Comisión estará formada por treinta personas que representarán a cada una de las partes.
  • CEsta Comisión estará compuesta por veinte personas en representación de cada una de las partes.
  • DEsta Comisión estará compuesta por quince personas en representación de cada una de las partes.
5. Según el artículo 76.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, los trabajadores en este régimen tendrán derecho a:
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  • AA ver facilitada la realización de estudios para obtener títulos académicos o profesionales reconocidos oficialmente y la realización de cursos de perfeccionamiento profesional de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 10/2000, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, organizados por la propia Administración.
  • BA ver facilitada la realización de estudios para obtener títulos académicos o profesionales reconocidos oficialmente, la realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de capacitación o reconversión profesional de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, organizados por la propia Administración.
  • CTendrán derecho a que se les facilite la posibilidad de realizar estudios para lograr títulos académicos o profesionales que estén oficialmente reconocidos, así como a participar en cursos de perfeccionamiento profesional, de acuerdo con lo estipulado en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, organizados por la Administración competente.
  • DA ver facilitada la realización de estudios para obtener títulos académicos o profesionales reconocidos oficialmente, la realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de capacitación o reconversión profesional de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 10/2000, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, organizados por la propia Administración.
6. Según lo establecido en el artículo 36.1 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, el personal laboral fijo que desee participar en el concurso abierto y permanente deberá:
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  • AHaber estado en el último puesto obtenido con carácter definitivo un mínimo de tres años, salvo en el caso de que soliciten un puesto dentro de la misma Secretaría de Estado donde tenga su destino definitivo.
  • BHaber permanecido en el último puesto obtenido con carácter definitivo o provisional un mínimo de dos años, salvo en el caso que soliciten un puesto ubicado en la misma Secretaría de Estado en la que tenga su destino definitivo.
  • CHaber permanecido en el último puesto obtenido con carácter definitivo un mínimo de dos años, salvo en el caso que soliciten un puesto ubicado en la misma Secretaría de Estado en la que tenga su destino definitivo.
  • DHaber permanecido en el último puesto obtenido con carácter definitivo o provisional un mínimo de tres años, salvo en el caso que soliciten un puesto ubicado en la misma Secretaría de Estado en la que tenga su destino definitivo.

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