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De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, ¿cómo se estructura la composición de la Comisión Paritaria?

Respuestas
  • AEsta Comisión estará compuesta por veinticinco personas en representación de cada una de las partes.
  • BLa composición de esta Comisión estará formada por treinta personas que representarán a cada una de las partes.
  • CEsta Comisión estará compuesta por veinte personas en representación de cada una de las partes.
  • DEsta Comisión estará compuesta por quince personas en representación de cada una de las partes.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Administración de Recursos Humanos
Tema
Tema 21. El personal laboral de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El IV Convenio Único de Personal Laboral de la Administración General del Estado: estructura y contenido
Ley
Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado

Preguntas similares

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.1 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, la composición de la Comisión Negociadora será la siguiente:
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  • ATreinta miembros con voz y voto, que ostentarán la condición de personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  • BUn total de treinta miembros con derecho a voz y voto, que tendrán la condición de personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  • CQuince miembros con voz y voto, que ostentarán la condición de personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  • DVeinte miembros con voz y voto, que ostentarán la condición de personal al servicio de las Administraciones Públicas.
2. ¿Bajo qué denominación se constituirán los grupos de trabajo de la Comisión Paritaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado?
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  • ASe crearán con carácter no permanente, el Grupo de Trabajo de Interpretación del Convenio Único, el Grupo de Trabajo de Traslados y el Grupo de Negociación.
  • BSe crearán con carácter permanente, el Grupo de Trabajo de Interpretación del Convenio Único y el Grupo de Trabajo de Traslados.
  • CSe crearán con carácter permanente, el Grupo de Trabajo de Interpretación del Convenio Único, el Grupo de Trabajo de Movilidad, y el Grupo de Negociación.
  • DSe establecerán de manera no permanente, el Grupo de Trabajo de Interpretación del Convenio Único y el Grupo de Trabajo de Traslados.
3. De acuerdo con el artículo 17.1 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, ¿cómo deberán adoptarse los acuerdos de las Comisiones?
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  • APor más del 60% de cada una de las dos representaciones, siendo de carácter obligatorio y vinculante para ambas partes.
  • BPor más del 60% de cada una de las dos representaciones, siendo opcional para ambas partes.
  • CPor más del 50% de cada una de las dos representaciones, siendo de carácter obligatorio y vinculante para ambas partes.
  • DPor más del 50% de cada una de las dos representaciones, siendo de carácter facultativo para ambas partes.
4. Conforme establece el artículo 16 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado (en adelante, IV CUAGE), la Comisión Paritaria se reunirá:
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  • ACon carácter ordinario al menos una vez al trimestre, y con carácter extraordinario, cuando lo soliciten al menos siete de las personas que componen la parte social o de la Administración.
  • BCon carácter ordinario al menos una vez al mes, y con carácter extraordinario, cuando lo soliciten al menos siete de las personas que componen la parte social o de la Administración.
  • CCon carácter ordinario al menos una vez al trimestre, y con carácter extraordinario, cuando lo soliciten al menos quince de las personas que componen la parte social o de la Administración.
  • DCon carácter ordinario al menos una vez al semestre, y con carácter extraordinario, cuando lo soliciten al menos cinco de las personas que componen la parte social o de la Administración.
5. De acuerdo con lo expuesto en el artículo 3.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, ¿qué duración tiene este Convenio?
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  • ALa duración del Convenio se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2022, y cualquiera de las partes puede denunciarlo en los dos meses previos a su finalización.
  • BLa vigencia del Convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022, pudiendo ser denunciado por cualquiera de las partes, dentro de los tres meses inmediatos anteriores a la terminación de su vigencia.
  • CLa vigencia del Convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, pudiendo ser denunciado por cualquiera de las partes, dentro de los tres meses inmediatos anteriores a la terminación de su vigencia.
  • DLa vigencia del Convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, pudiendo ser denunciado por cualquiera de las partes, dentro de los dos meses inmediatos anteriores a la terminación de su vigencia.
6. Según lo establecido en el artículo 58.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, ¿qué período abarca la paga de junio?
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  • ALa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio.
  • BLa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de junio.
  • CLa paga de junio corresponde al período que va del 1 de diciembre al 31 de mayo.
  • DLa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo.

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