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Según el artículo 76.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, los trabajadores en este régimen tendrán derecho a:

Respuestas
  • AA ver facilitada la realización de estudios para obtener títulos académicos o profesionales reconocidos oficialmente y la realización de cursos de perfeccionamiento profesional de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 10/2000, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, organizados por la propia Administración.
  • BA ver facilitada la realización de estudios para obtener títulos académicos o profesionales reconocidos oficialmente, la realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de capacitación o reconversión profesional de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, organizados por la propia Administración.
  • CTendrán derecho a que se les facilite la posibilidad de realizar estudios para lograr títulos académicos o profesionales que estén oficialmente reconocidos, así como a participar en cursos de perfeccionamiento profesional, de acuerdo con lo estipulado en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, organizados por la Administración competente.
  • DA ver facilitada la realización de estudios para obtener títulos académicos o profesionales reconocidos oficialmente, la realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de capacitación o reconversión profesional de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 10/2000, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, organizados por la propia Administración.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Administración de Recursos Humanos
Tema
Tema 21. El personal laboral de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El IV Convenio Único de Personal Laboral de la Administración General del Estado: estructura y contenido
Ley
Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado

Preguntas similares

1. Según lo establecido en el artículo 58.2 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, ¿qué período abarca la paga de junio?
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio.
  • BLa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de junio.
  • CLa paga de junio corresponde al período que va del 1 de diciembre al 31 de mayo.
  • DLa paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo.

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