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Según el artículo 80 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, cuál de los siguientes no se considera un Establecimiento de régimen abierto:

Respuestas
  • ASecciones Abiertas.
  • BComunidades Terapéuticas Extrapenitenciarias.
  • CCentros de Inserción Social.
  • DUnidades Dependientes.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 16.
Epígrafe
16.1 Régimen abierto. Establecimientos y criterios de destino
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-06-10 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. ¿Cuál de los siguientes no es un miembros del Equipo Técnico, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 274 del del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario?:
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  • AUn Educador.
  • BUn Encargado de Departamento.
  • CUn Trabajador Social.
  • DUn Administrador.
2. Indique cuál de las siguientes no es una función del Consejo de Dirección, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 271 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario:
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  • ADeterminar los puestos auxiliares que requieran las necesidades del Establecimiento.
  • BDesignar los internos que hayan de desempeñar las prestaciones personales en servicios auxiliares comunes del Establecimiento.
  • CFijar el número de Equipos Técnicos del Centro penitenciario y determinar su organización, funcionamiento y composición.
  • DDeterminar las áreas regimentales de participación de los internos en las actividades del Centro.
3. Según lo establecido en el artículo 114 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, cuál de las siguientes afirmaciones no corresponde a las salidas programadas:
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  • ALos días de duración de la salida programada, que no será en ningún caso superior a dos días, se computarán dentro de los límites establecidos para los permisos ordinarios.
  • BLas salidas programadas serán propuestas por la Junta de Tratamiento, que solicitará la aprobación del Centro Directivo.
  • CSe podrán conceder, previo informe del Equipo Técnico, a los condenados clasificados en segundo o tercer grado.
  • DLos internos serán acompañados por el personas del Centro Penitenciario o por voluntarios que habitualmente realicen actividades relacionadas con el tratamiento.

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