Crear pregunta

No es una característica de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria:

Respuestas
  • APotenciación del régimen abierto y reducción del régimen cerrado a supuestos extraordinarios.
  • BFinalidad de las penas de prisión hacia la reeducación y reinserción social.
  • CPrevención general.
  • DAsistencia social tanto durante su internamiento como a su término.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 5. Evolución histórica de la legislación penitenciaria en España. La normativa penitenciaria vigente: Ley Orgánica General Penitenciaria. Reglamento Penitenciario. Instrucciones, circulares, órdenes de servicio y normas de régimen interior
Ley
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria

Preguntas similares

1. La Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria consta de:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • A82 artículos, 2 disposiciones adicionales y 2 disposiciones finales.
  • B80 artículos, 2 disposiciones transitorias y 2 disposiciones finales.
  • C325 artículos, 2 disposiciones transitorias y 2 disposiciones finales.
  • D120 artículos, 2 disposiciones adicionales y 2 disposiciones finales.
2. Según la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, es un derecho del recluido:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • APermanecer en el establecimiento a disposición de la autoridad que hubiere decretado su internamiento o para cumplir las condenas que se les impongan, hasta el momento de su liberación.
  • BSer designado por su propio nombre.
  • CMantener una normal actitud de respeto y consideración con los funcionarios de instituciones penitenciarias y autoridades judiciales o de otro orden, tanto dentro de los establecimientos penitenciarios como fuera de ellos con ocasión de traslado, conducciones o prácticas de diligencias.
  • DObservar una conducta correcta con sus compañeros de internamiento.
3. NO es cierto según el artículo 10 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria que:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AExistirán establecimientos de cumplimiento de régimen cerrado o departamentos especiales para los penados calificados de peligrosidad extrema o para casos de inadaptación a los regímenes ordinario y abierto, apreciados por causas subjetivas en resolución motivada, a no ser que el estudio de la personalidad del sujeto denote la presencia de anomalías o deficiencias que deban determinar su destino al centro especial correspondiente.
  • BEl régimen de los establecimientos de cumplimiento de régimen cerrado o departamentos especiales se caracterizará por una limitación de las actividades en común de los internos y por un mayor control y vigilancia sobre los mismos en la forma que reglamentariamente se determine.
  • CLa permanencia de los internos destinados a los establecimientos de cumplimiento de régimen cerrado o departamentos especiales será por el tiempo necesario hasta tanto desaparezcan o disminuyan las razones o circunstancias que determinaron su ingreso.
  • DTambién podrán ser destinados a estos establecimientos o departamentos especiales con carácter de excepción y absoluta separación de los penados, dando cuenta a la autoridad judicial correspondiente, aquellos internos preventivos calificados de peligrosidad extrema o para casos de inadaptación a los regímenes ordinario.

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.