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Serán clasificados en segundo grado según el artículo 102 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario:

Respuestas
  • ALos internos que, por sus circunstancias personales y penitenciarias, estén capacitados para llevar a cabo un régimen de vida en semilibertad.
  • BLos internos calificados de peligrosidad extrema o inadaptación manifiesta y grave a las normas generales de convivencia ordenada
  • CLos penados en quienes concurran unas circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia, pero sin capacidad para vivir, por el momento, en semilibertad
  • DLos penados en quienes concurran unas circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia, pero sin capacidad para vivir, por el momento, en libertad.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 10. Grados. La clasificación de los penados. El principio de flexibilidad. Variables y criterios de clasificación. Procedimiento de clasificación inicial. Casos especiales. Progresión, regresión y revisión de grado. La Central de Observación
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario

Preguntas similares

1. ¿En qué artículo del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario se encuentran regulados los grados de clasificación?
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  • A102.
  • B103.
  • C101.
  • D100.
2. Según el artículo 55 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, es correcto que:
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  • ALa participación de los internos en estas actividades en los Establecimientos de cumplimiento de régimen cerrado y de régimen ordinario y en los de preventivos, se efectuará a través de Comisiones.
  • BEl Consejo de Dirección, mediante resolución motivada, podrá ampliar la participación de los internos en otras áreas regimentales diferentes.
  • CTambién se procurará la participación de los internos en el desenvolvimiento de los servicios alimentarios y de confección de racionados, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley Orgánica General Penitenciaria y de lo que se establezca en las normas de desarrollo de este Reglamento.
  • DLos internos participarán en la organización del horario y de las actividades de orden educativo, lúdico, recreativo, religioso, laboral, cultural o deportivo.
3. Según el artículo 116 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario no es cierto que:
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  • ATodo interno con dependencia de sustancias psicoactivas que lo desee, debe tener a su alcance la posibilidad de seguir programas de tratamiento y deshabituación, con independencia de su situación procesal y de sus vicisitudes penales y penitenciarias.
  • BPara la realización de programas permanentes relativos a drogodependencias, el Centro Directivo podrá disponer de departamentos específicos ubicados en diferentes áreas geográficas para evitar, en lo posible, el desarraigo social de los internos que sigan un programa en ellos.
  • CDentro del marco establecido en el Plan Nacional sobre Drogas, la Administración Penitenciaria, en coordinación con otras Administraciones Públicas o con otros organismos e instituciones debidamente acreditadas, realizará en los Centros penitenciarios los programas de atención especializada en drogodependencias que precisen los internos que voluntariamente lo soliciten
  • DLa Administración Penitenciaria realizará programas específicos de tratamiento para internos condenados por delitos contra la libertad sexual a tenor de su diagnóstico previo y todos aquellos otros que se considere oportuno establecer.
4. Según el artículo 103.3 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, el protocolo de clasificación penitenciaria contendrá:
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  • ALa resolución de clasificación inicial y el modelo individualizado de tratamiento, en el que se dará cobertura a las necesidades y carencias detectadas en el interno.
  • BLa resolución de clasificación inicial y el programa individualizado de tratamiento, en el que se dará cobertura a las necesidades y carencias detectadas en el interno.
  • CLa propuesta razonada de grado y el programa individualizado de tratamiento, en el que se dará cobertura a las necesidades y carencias detectadas en el interno.
  • DLa resolución de clasificación inicial, la duración de la pena impuesta y el modelo individualizado de tratamiento, en el que se dará cobertura a las necesidades y carencias detectadas en el interno.
5. NO es cierto según el artículo 20.1 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario:
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  • ASerán entrevistados por el Trabajador Social y por el Educador, a fin de detectar las áreas carenciales y necesidades del interno, y, si el Director no dispusiese otra cosa, pasarán al departamento que les corresponda.
  • BRespetando el principio de presunción de inocencia, la Junta de Tratamiento, de acuerdo con dicho informe, valorará aspectos tales como ocupación laboral, formación cultural y profesional o medidas de ayuda, a fin de elaborar el modelo individualizado de intervención.
  • CLos detenidos y presos ocuparán una celda en el departamento de ingresos, donde deberán ser examinados por el Médico a la mayor brevedad posible.
  • DDichos profesionales emitirán informe sobre la propuesta de separación interior, conforme a lo dispuesto en el artículo 99, o de traslado a otro centro, así como acerca de la planificación educativa, sociocultural y deportiva y de actividades de desarrollo personal.
6. Conforme el artículo 14 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario:
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  • ALas celdas y dormitorios individuales deben contar con el espacio, luz, ventilación natural y mobiliario suficientes para hacerlos habitables, así como de servicios higiénicos.
  • BLas celdas y dormitorios individuales deben contar con el espacio, luz natural, ventilación natural y mobiliario suficientes para hacerlos habitables, así como de servicios higiénicos.
  • CLas celdas y dormitorios colectivos deben contar con el espacio, luz, ventilación natural y mobiliario suficientes para hacerlos habitables, así como de servicios higiénicos.
  • DLas celdas y dormitorios colectivos deben contar con el espacio, luz natural, ventilación natural y mobiliario suficientes para hacerlos habitables, así como de servicios higiénicos.
7. Según el artículo 105 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, cuando una misma Junta reitere por segunda vez la clasificación de primer grado:
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  • AEl interno podrá solicitar que su próxima propuesta de clasificación se haga por la Central Penitenciaria de Observación.
  • Bel interno podrá solicitar que su próxima propuesta de clasificación se haga por la Central Penitenciaria de Observación siempre que haya alcanzado la mitad del cumplimiento de la condena.
  • Cel interno podrá solicitar que su próxima propuesta de clasificación se haga por la Central Penitenciaria de Observación siempre que haya alcanzado la cuarta parte del cumplimiento de la condena.
  • DNo tendrá derecho a que su próxima propuesta de clasificación se haga por la Central Penitenciaria de Observación, sólo cuando se encuentre en segundo grado y haya alcanzado la mitad del cumplimiento de la condena.
8. Según el artículo 207 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, la asistencia sanitaria:
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  • ATendrá carácter social y estará orientada tanto a la prevención como a la curación y la rehabilitación.
  • BTendrá carácter integral y estará orientada tanto a la prevención como a la curación y la restauración.
  • CTendrá carácter general y estará orientada tanto a la prevención como a la curación y la rehabilitación.
  • DTendrá carácter integral y estará orientada tanto a la prevención como a la curación y la rehabilitación.
9. Conforme al artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario aprobado por el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, pueden ser clasificados en tercer grado:
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  • ALos penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación.
  • BLos penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, atendiendo a las variables intervinientes en el proceso de clasificación.
  • CLos penados enfermos graves o muy graves con padecimientos incurables por razones de escasa peligrosidad, a quienes se les sustituirá la pena privativas a de libertad por una medida de seguridad.
10. En virtud del artículo 31.3 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, los traslados se notificarán:
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  • AAl Centro Directivo.
  • BAl Juez de Vigilancia.
  • CSi se trata de penados, al Juez de Vigilancia, y, si se trata de detenidos y presos a las autoridades a cuya disposición se encuentren.
  • DSi se trata de detenidos y presos, al Juez de Vigilancia, y, si se trata de penados a las autoridades a cuya disposición se encuentren.
11. NO es un grado en virtud de lo dispuesto en el artículo 100 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario:
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  • ASegundo grado, régimen ordinario.
  • BTercer grado, régimen abierto.
  • CPrimer grado, régimen cerrado.
  • DCuarto grado, libertad condicional.
12. En los supuestos de incomunicación, según el artículo 19 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario:
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  • ACuando la orden de incomunicación no especifique nada al respecto, el Director del establecimiento penitenciario recabará la autorización del Juez de Instrucción para que el interno incomunicado pueda disponer de aparatos de radio o televisión, prensa escrita o recibir correspondencia.
  • BSi en la orden o mandamiento de ingreso se dispusiera la incomunicación del detenido o preso, una vez cumplimentados los trámites de ingreso, pasará a ocupar una celda individual en el departamento que el Subdirector de Seguridad disponga.
  • CMientras permanezca en situación de incomunicación, los funcionarios encargados de aquél adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a las normas contenidas en las Leyes procesales.
  • DÚnicamente podrá comunicar con las personas que tengan expresa autorización del Diretor.
13. A tenor del artículo 80 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, es un Establecimiento penitenciario dedicado a internos clasificados en tercer grado de tratamiento:
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  • AEl Departamento mixto.
  • BEl Centro Abierto.
  • CLa Sección Abierta.
  • DLas Unidades Dependientes.
14. Según el artículo 99 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, los internos serán separados en el interior de los Establecimientos teniendo en cuenta:
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  • ACon carácter prioritario, los criterios de sexo, edad, emotividad y antecedentes delictivos y, respecto de los penados, las exigencias del tratamiento.
  • BCon carácter prioritario, los criterios de sexo, edad y antecedentes delictivos y, respecto de los penados, las exigencias del tratamiento.
  • CTeniendo en cuenta el sexo, emotividad, edad, antecedentes, estado físico y mental y, respecto de los penados, las exigencias del tratamiento.
  • DNinguna respuesta es correcta.
15. Según el artículo 254 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, las sanciones de aislamiento:
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  • ANo se aplicará esta sanción a las mujeres gestantes y a las mujeres hasta siete meses después de la terminación del embarazo, a las madres lactantes y a las que tuvieran hijos consigo.
  • BEn los casos de enfermedad del sancionado se suspenderá la efectividad de la sanción de aislamiento hasta que el interno sea dado de alta.
  • CSe cumplirán con informe previo y reconocimiento del Médico del Establecimiento, quien vigilará semanalmente al interno mientras permanezca en esa situación, informando al Director sobre su estado de salud física y mental y, en su caso, sobre la necesidad de suspender o modificar la sanción impuesta.
  • DEl recluso internado en celda disfrutará de dos horas diarias de paseo en solitario y, durante el cumplimiento de la sanción, no podrá recibir paquetes del exterior ni adquirir productos del Economato, salvo los autorizados expresamente por el Director.
16. ¿En qué artículo del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario se regula la figura del Administrador?
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  • A280.
  • B281.
  • C282.
  • D283.
17. La propuesta de clasificación inicial penitenciaria, según el artículo 103 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, se formulará en el plazo de:
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  • A6 meses.
  • B1 mes.
  • C3 meses.
  • D2 meses.
18. Según el artículo 70 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, no será objeto de intervención en un Centro Penitenciario:
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  • ALos objetos de valor no autorizados.
  • BLas alhajas.
  • CObjetos de ilícita procedencia.
  • DObjetos prohibidos por las normas de régimen interior.
19. Las salidas previstas en el artículo 86 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario deberán ser planificadas y reguladas por:
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  • AEl Consejo de Dirección.
  • BLa Junta de Tratamiento.
  • CEl Director.
  • DEl Centro Directivo.
20. NO son medios coercitivos según el artículo 72.1 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario:
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  • AFuerza física personal.
  • BDefensa de goma.
  • CFuerza física imprescindible.
  • DEsposas.
21. Según el artículo 86.4 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, el tiempo mínimo de permanencia en el Centro será de:
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  • ACuatro horas diarias.
  • BCinco horas diarias.
  • CSiete horas diarias.
  • DOcho horas diarias.
22. Según el artículo 282 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, que aprueba el Reglamento Penitenciario, es competencia del Administrador:
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  • AVelar por la difusión en el centro penitenciario de las circulares, instrucciones y órdenes de servicio dictadas por el centro directivo.
  • BExpedir las certificaciones y emitir los informes que proceda en relación con la actuación profesional de los empleados públicos destinados en el centro penitenciario.
  • CSupervisar los libros de contabilidad, autorizar los pagos de caja y la extracción de fondos del Banco.
  • DEfectuar las transferencias de los saldos de peculio en los supuestos establecidos.
23. Según el artículo 41 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, los internos tienen derecho a:
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  • AComunicar mensualmente, de forma oral y escrita, en su propia lengua, con sus familiares, amigos y representantes acreditados de organismos e instituciones de cooperación penitenciaria, salvo en los casos de incomunicación administrativa.
  • BComunicar periódicamente, de forma oral y escrita, en su propia lengua, con sus familiares y representantes acreditados de organismos e instituciones de cooperación penitenciaria, salvo en los casos de incomunicación judicial.
  • CComunicar periódicamente, de forma oral y escrita, en su propia lengua, con sus familiares, amigos y representantes acreditados de organismos e instituciones de cooperación penitenciaria, salvo en los casos de incomunicación judicial.
  • DComunicar periódicamente, de forma oral y escrita, en su propia lengua, con sus familiares, allegados y representantes acreditados de organismos e instituciones de cooperación penitenciaria, salvo en los casos de incomunicación judicial.
24. NO es un deber del interno regulado en el artículo 5.2 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario:
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  • ARealizar las prestaciones personales obligatorias impuestas por la Administración penitenciaria para el buen orden y limpieza de los establecimientos.
  • BObservar una adecuada higiene y aseo personal, corrección en el vestir y acatar las medidas higiénicas y sanitarias establecidas a estos efectos.
  • CAcatar las normas de régimen disciplinario y las órdenes que reciba del personal penitenciario en el ejercicio legítimo de sus atribuciones.
  • DUtilizar adecuadamente los medios materiales que se pongan a su disposición y las instalaciones del establecimiento.
25. ¿En qué artículo del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario se regulan las comunicaciones orales?
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  • AEn el artículo 43.
  • BEn el artículo 41.
  • CEn el artículo 44.
  • DEn el artículo 42.
26. En cuanto procedimiento de clasificación inicial, según el artículo 103 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, NO sería correcto afirmar que:
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  • ALa resolución de clasificación inicial se notificará al interno interesado, indicándole en la notificación que, de no estar conforme con la misma, puede acudir en vía de recurso ante el Juez de Vigilancia.
  • BCuando se trate de penados con condenas de hasta un año, la propuesta de clasificación inicial formulada por la Junta de Tratamiento, adoptada por mayoría absoluta de sus miembros, tendrá la consideración de resolución de clasificación inicial a todos los efectos, salvo cuando se haya propuesto la clasificación en primer grado de tratamiento, en cuyo caso la resolución corresponderá al Centro Directivo.
  • CEl Centro Directivo podrá ampliar el plazo para dictar la resolución de clasificación inicial hasta un máximo de dos meses más, para la mejor observación de la conducta y la consolidación de los factores positivos del interno
  • DCuando se trate de penados con condenas de hasta un año, la propuesta de clasificación inicial formulada por la Junta de Tratamiento, adoptada por acuerdo unánime de sus miembros, tendrá la consideración de resolución de clasificación inicial a todos los efectos, salvo cuando se haya propuesto la clasificación en primer grado de tratamiento, en cuyo caso la resolución corresponderá al Centro Directivo.
27. En virtud del artículo 202.2 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, constituyen beneficios penitenciarios:
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  • ALa redención de penas por el trabajo, el adelantamiento de la libertad condicional y el indulto particular.
  • BLa redención de penas por el trabajo y el indulto particular.
  • CLa libertad condicional y el indulto particular.
  • DEl adelantamiento de la libertad condicional y el indulto particular.
28. ¿En qué artículo del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario se encuentra regulado el cacheo con desnudo integral?
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  • A68.2
  • B68.3
  • C67.2
  • D67.3
29. Según el artículo 20 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, que aprueba el Reglamento Penitenciario, los detenidos y presos, en el momento de ingreso:
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  • ASerán entrevistados por el Trabajador Social y el Educador.
  • BSe les alojará en el departamento de enfermería, en caso de presentar enfermedad.
  • CSe les informará de los cursos y talleres disponibles en el centro penitenciario.
  • DSerán evaluados por la Junta de Tratamiento.

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