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A tenor de lo dispuesto en el artículo 67.1 del Reglamento Penitenciario, los recuentos ordinarios de control de la población reclusa se realizarán:

Respuestas
  • ADiariamente, en los momentos que se fijen en el horario regimental aprobado por el Director del centro penitenciario.
  • BSiempre que lo ordene el Jefe de Servicios.
  • CDiariamente, en los momentos de la jornada regimental que coincidan con los relevos del personal de vigilancia.
  • DDiariamente, en los momentos que se fijen por el Jefe de Servicios o por el Subdirector de Seguridad.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 6. El Régimen Penitenciario (2). La seguridad en los Establecimientos Penitenciarios. La seguridad exterior: Competencia y fines. La seguridad interior: Principios generales, medidas preventivas y medidas de control. Los medios coercitivos y su aplicación
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2020-01-02 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Según lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento Penitenciario, los recuentos de la población reclusa:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ASerán de tres tipos: ordinarios, extraordinarios y parciales
  • BSerán de dos tipos: ordinarios y extraordinarios
  • CSerán de dos tipos: ordinarios, de urgencia
  • DSerán de tres tipos: ordinarios, extraordinarios y de urgencia
2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 67.2 del Reglamento Penitenciario, los recuentos extraordinarios se realizarán:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ADiariamente, en los momentos de la jornada regimental que coincida con los relevos del personal de vigilancia.
  • BLos que ordene el/la Jefe/a de Servicios, comunicándolo a la Dirección.
  • CExclusivamente cuando lo ordene el/la Director/a.
  • DLos que se fijen en el horario aprobado por el Consejo de Dirección.

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