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Conforme a lo establecido en el artículo 36.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿qué aspectos son específicamente objeto de negociación en el ámbito de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas?

Respuestas
  • ALas propuestas sobre derechos sindicales y de participación.
  • BEl incremento global de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que corresponda incluir en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año.
  • CLas normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño.
  • DLas cuestiones relacionadas con calendarios laborales, horarios, jornada laboral, vacaciones, permisos, así como la movilidad funcional y geográfica, junto con los criterios generales para la planificación estratégica de los recursos humanos, en los que impacten las condiciones laborales de los empleados públicos.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Administración de Recursos Humanos
Tema
Tema 22. La libertad sindical. Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional en el TREBEP. El derecho de reunión. El derecho de huelga y su ejercicio en el ámbito de las Administraciones Públicas. Servicios Públicos esenciales. Los conflictos colectivos y su negociación
Ley
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

Preguntas similares

1. Considerando lo establecido en el artículo 36.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, también serán miembros de las Mesas Generales de Negociación:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALas organizaciones sindicales que formen parte de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas siempre que hubieran obtenido el 20 por 100 de los representantes a personal funcionario o personal laboral en el ámbito correspondiente a la Mesa de que se trate.
  • BLas organizaciones sindicales que formen parte de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas siempre que hubieran obtenido el 10 por 100 de los representantes a personal funcionario o personal laboral en el ámbito correspondiente a la Mesa de que se trate.
  • CLas organizaciones sindicales que formen parte de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas siempre que hubieran obtenido el 15 por 100 de los representantes a personal funcionario o personal laboral en el ámbito correspondiente a la Mesa de que se trate.
  • DLas organizaciones sindicales que integren la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas siempre que hayan conseguido el 5 por 100 de los representantes de personal funcionario o personal laboral en el ámbito que corresponda a la Mesa en cuestión.

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