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Según lo previsto en el artículo 93 del Reglamento Penitenciario:

Respuestas
  • AEl número de internos/as que, de forma conjunta, podrán realizar actividades en grupo será establecido por el Consejo de Dirección, previo informe de la Junta de Tratamiento, con un mínimo de cinco internos/as.
  • BEl número de internos/as que, de forma conjunta, podrán realizar actividades en grupo será establecido por el Consejo de Dirección, previo informe de la Junta de Tratamiento, con un mínimo de cuatro internos/as.
  • CEn los departamentos especiales, durante las salidas al patio no podrán permanecer, en ningún caso, más de tres internos/as juntos. Este número podrá aumentarse hasta un máximo de cuatro para la ejecución de actividades programadas.
  • DEn los departamentos especiales, durante las salidas al patio no podrán permanecer, en ningún caso, más de dos internos/as juntos. Este número podrá aumentarse hasta un máximo de cinco para la ejecución de actividades programadas.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 8.
Epígrafe
8.1 El régimen cerrado: Criterios de aplicación y características
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-02-04 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Según lo establecido en el artículo 161.2 del Reglamento Penitenciario:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALos permisos ordinarios a penados/as de hasta dos días de duración serán autorizados por el Centro Directivo.
  • BLos permisos ordinarios a penados/as, de hasta dos días de duración, podrán ser autorizados por el Director del Establecimiento, previa consulta al Centro Directivo.
  • CLos permisos ordinarios a penados/as clasificados/as en tercer grado, de hasta dos días de duración, podrán ser autorizados por la Junta de Tratamiento.
  • DLos permisos extraordinarios a penados/as clasificados/as en tercer grado, de hasta dos días de duración, serán autorizados por la Autoridad Judicial.
2. Según establece el artículo 155.2 del Reglamento Penitenciario:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa duración de cada permiso extraordinario vendrá determinada por el régimen del penado y no podrá exceder del límite fijado para los permisos ordinarios.
  • BLa duración de cada permiso extraordinario vendrá determinada por su finalidad y no podrá exceder del límite fijado para los permisos ordinarios.
  • CLa duración de cada permiso ordinario vendrá determinada por el régimen del penado y no podrá exceder del límite fijado para los permisos extraordinarios.
  • DLa duración de cada permiso ordinario vendrá determinada por su finalidad y no podrá exceder del límite fijado para los permisos extraordinarios.

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