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El artículo 52 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, dispone que es infracción leve:

Respuestas
  • ALa omisión o el retraso en la comunicación a las autoridades españolas de los cambios de nacionalidad, de estado civil o de domicilio, así como de otras circunstancias determinantes de su situación laboral cuando les sean exigibles por la normativa aplicable.
  • BEncontrarse trabajando en España sin haber solicitado autorización administrativa para trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena, cuando no se cuente con permiso de residencia temporal.
  • CEncontrase trabajando en España sin haber obtenido autorización de trabajo o autorización administrativa previa para trabajar, cuando no cuente con autorización de residencia válida.
  • DEl retraso, hasta seis meses, en la solicitud de renovación de las autorizaciones una vez hayan caducado.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho procesal
Tema
Tema 50. El denominado procedimiento ordinario: Principios fundamentales, ámbito de aplicación y fases. El procedimiento abreviado. Procedimiento especial de respeto a los derechos fundamentales. Procedimiento «Habeas Corpus». Procedimientos de los Juzgados de violencia sobre la mujer
Ley
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
Preguntada en la convocatoria de:
(2015-01-25 - OEP 2014 (Promoción interna)) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 54.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, relativa a los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social,
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl incumplimiento de las medidas impuestas por razón de seguridad pública, de presentación periódica o de alejamiento de fronteras o núcleos de población concretados singularmente, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley.
  • BRealizar, con ánimo de lucro, la infracción prevista en la letra d) del apartado 2 del artículo anterior.
  • CEstar de manera irregular en el territorio español, ya sea por no haber conseguido la prórroga de estancia, no tener autorización de residencia o tener la autorización caducada por más de tres meses, siempre que la persona afectada no haya solicitado su renovación en el plazo establecido reglamentariamente.
  • DEncontrarse trabajando en España sin haber obtenido autorización de trabajo o autorización administrativa previa para trabajar, cuando no cuente con autorización de residencia válida.

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