AEl Consejo de Dirección podrá conceder traslados de Establecimiento por motivos educativos, previo informe de la junta de Tratamiento, siempre que el interno presente la solicitud con la debida antelación y no existan razones de seguridad que lo desaconsejen.
BLas actividades educativas, formativas, socioculturales y deportivas se determinarán por el Director del Centro, teniendo en cuenta los planes de actuación del Centro Directivo, a partir de los programas individualizados elaborados por las juntas de Tratamiento.
CA solicitud del interno se expedirán certificaciones acreditativas de las enseñanzas, cursos o actividades desarrollados, en la que constará una referencia expresa a su obtención en un Establecimiento Penitenciario.
DEl seguimiento con aprovechamiento de las actividades educativas y formativas, se estimulará mediante los beneficios penitenciarios y recompensas que procedan.