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De conformidad con lo establecido en el artículo 34.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por lo que se refiere a la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, la indemnización procedente:

Respuestas
  • ANo podrá sustituirse por una compensación en especie ni ser abonada mediante pagos periódicos.
  • BPodrá sustituirse por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado.
  • CNo podrá sustituirse por una compensación en especie, pero sí podrá ser abonada mediante pagos periódicos cuando resulte más adecuado para el interesado.
  • DNo podrá sustituirse por una compensación en especie, pero sí podrá ser abonada mediante pagos periódicos cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, aun cuando no exista acuerdo con el interesado.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Administrativo
Tema
Tema 57.
Epígrafe
57.1 La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Su regulación en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Ley
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-20 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, la exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ASuspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan hasta la existencia de sentencia firme en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
  • BNo suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.
  • CNo suspenderá en ningún caso los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan.
  • DSuspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan hasta que se dicte auto de apertura de juicio oral.

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