AEl/la Director/a, en calidad de Delegado/a de la Entidad Estatal en el centro, adjudicará los puestos a los/as internos/as de acuerdo con el orden de prelación establecido.
BPara la adjudicación de un puesto de trabajo, será requisito imprescindible y necesario que su Plan Individualizado de Tratamiento contemple el desarrollo de una actividad laboral.
CCon el fin de propiciar la preparación para la inserción laboral, aquellos/as internos/as que hayan desempeñado un puesto de trabajo en un centro por un periodo superior a seis meses, con una valoración positiva sobre su desempeño, en caso de traslado, tendrán prioridad sobre el resto de internos/as del centro de destino, prevaleciendo dicha circunstancia sobre cualquier otra de las señaladas por el Real Decreto.
DPara la asignación de un puesto de trabajo, la conducta penitenciaria tendrá preferencia sobre el tiempo de permanencia en el establecimiento penitenciario.