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Según el artículo 99 del Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en los casos de concurrencia de penas y medidas de seguridad privativas de libertad:

Respuestas
  • ASolo se cumple la medida de seguridad.
  • BSe cumplen ambas sucesivamente.
  • CSolo se cumple la pena privativa de libertad.
  • DSe cumple primero la medida, que se abonará para el de la pena.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 10. Las medidas de seguridad: Concepto, clases y fines
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-03-03 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. De conformidad con el artículo 99 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en el caso de concurrencia de penas y medidas de seguridad privativas de libertad, el Juez o Tribunal ordenará:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl cumplimiento de la medida, que no se abonará para el de la pena
  • BEl cumplimiento de la medida, que se abonará para el de la pena
  • CEl cumplimiento de la pena antes que el de la medida
  • DLa inmediata extinción de la pena y la imposición de una libertad vigilada, en todo caso, por un plazo no superior a la duración de la pena impuesta

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