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De conformidad con el artículo 99 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en el caso de concurrencia de penas y medidas de seguridad privativas de libertad, el Juez o Tribunal ordenará:

Respuestas
  • AEl cumplimiento de la medida, que no se abonará para el de la pena
  • BEl cumplimiento de la medida, que se abonará para el de la pena
  • CEl cumplimiento de la pena antes que el de la medida
  • DLa inmediata extinción de la pena y la imposición de una libertad vigilada, en todo caso, por un plazo no superior a la duración de la pena impuesta
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 1. Las consecuencias jurídicas del delito: penas y medidas de seguridad. Las penas: concepto y clases. Las penas a lo largo de la historia. Determinación e individualización de la pena. Las medidas de seguridad
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-02-16 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Según el artículo 99 del Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en los casos de concurrencia de penas y medidas de seguridad privativas de libertad:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ASolo se cumple la medida de seguridad.
  • BSe cumplen ambas sucesivamente.
  • CSolo se cumple la pena privativa de libertad.
  • DSe cumple primero la medida, que se abonará para el de la pena.

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