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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, es una circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal:

Respuestas
  • ALa de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del juicio oral
  • BLa de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, inmediatamente después de la celebración del juicio oral
  • CLa de haber procedido el culpable, después de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades
  • DObrar con abuso de confianza
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 8. La punibilidad y las causas que la excluyen. Las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-02-16 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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