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Conforme al artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la propuesta del Gobierno para la presidencia y adjuntía de la Agencia Española de Protección de Datos deberá ser aprobada:

Respuestas
  • AA través del Congreso de los Diputados, en votación pública por mayoría de tres quintos de sus miembros en la primera votación.
  • BPor la Comisión de Justicia en votación pública por mayoría de tres quintos de sus miembros en primera votación.
  • CPor la Comisión de Justicia en votación pública por mayoría de dos tercios de sus miembros en primera votación.
  • DA través del Congreso de los Diputados, en votación pública por mayoría de dos tercios de sus miembros en la primera votación.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Políticas Públicas
Tema
Tema 8. La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos, responsable y encargado del tratamiento, delegado y autoridades de protección de datos. Derechos digitales.
Ley
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Preguntas similares

1. Conforme al artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre la protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, la relación de la Agencia Estatal de Protección de Datos con el Gobierno se establece a través del:
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  • AMinisterio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
  • BDepartamento del Interior.
  • CMinisterio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
  • DMinisterio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre la Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿qué se requiere para que la propuesta del Gobierno referente al Presidente y al Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos sea validada en una segunda votación?
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  • AEl apoyo de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados, siempre que los votos provengan de, al menos, dos grupos parlamentarios distintos.
  • BEl voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, siempre los votos procedan de, al menos, dos grupos parlamentarios distintos.
  • CEl voto favorable de la mayoría de los miembros del Congreso de los Diputados, siempre que los votos procedan de, al menos, dos grupos parlamentarios distintos.
  • DEl voto favorable de la mayoría de los miembros de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, siempre que los votos procedan de, al menos, dos grupos parlamentarios distintos.
3. De acuerdo con el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el nombramiento del Presidente y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos se llevará a cabo:
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  • APor el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, entre personas de reconocida competencia profesional, en particular en materia de protección de datos.
  • BPor el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de entre los miembros del Consejo Consultivo de la Agencia.
  • CMediante el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, entre personas que cuenten con una reconocida competencia profesional, especialmente en el ámbito de la protección de datos.
  • DPor el Congreso de los Diputados, a propuesta del Gobierno, de entre los miembros de la Agencia.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cuál es la duración del mandato de la Presidencia y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos?
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  • ASu duración es de cinco años y no puede renovarse.
  • BTiene una duración de cinco años y es renovable por una periodo de igual duración.
  • CTiene una duración de cuatro años y no es renovable.
  • DTiene una duración de cuatro años y es renovable por una periodo de igual duración.
5. De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cuál será la duración del mandato de la Presidencia y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos?
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  • ASerá de cinco y cuatro años para la Presidencia y Adjunto respectivamente, no renovables.
  • BSerá de cuatro años y puede ser renovado solo en el caso de la Presidencia.
  • CSerá de cuatro años no renovables.
  • DSerá de cinco años y puede ser renovado para otro período de igual duración.
6. De acuerdo con el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el cese del Presidente y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos deberá ser confirmado por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados en los supuestos de:
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  • AIncumplimiento grave de sus obligaciones.
  • BIncapacidad sobrevenida para el ejercicio de su función.
  • CIncompatibilidad.
  • DEn todos los casos anteriores.
7. Conforme al artículo 49 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se propondrán dos expertos para formar parte del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos:
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  • AEl organismo de Transparencia y Buen Gobierno.
  • BLas organizaciones sindicales más representativas.
  • CEl Congreso de los Diputados.
  • DLa Federación Española de Municipios y Provincias.
8. Según el artículo 49 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, NO podrá ser miembro del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos:
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  • AUn especialista sugerido por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en materia de transparencia y acceso a la información pública.
  • BUn representante de la Administración General del Estado con experiencia en la materia, propuesto por el Ministro de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
  • CUn experto propuesto por la Federación Española de Municipios y Provincias.
  • DUn representante designado por el Consejo General del Poder Judicial.

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