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De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre la Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿qué se requiere para que la propuesta del Gobierno referente al Presidente y al Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos sea validada en una segunda votación?

Respuestas
  • AEl apoyo de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados, siempre que los votos provengan de, al menos, dos grupos parlamentarios distintos.
  • BEl voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, siempre los votos procedan de, al menos, dos grupos parlamentarios distintos.
  • CEl voto favorable de la mayoría de los miembros del Congreso de los Diputados, siempre que los votos procedan de, al menos, dos grupos parlamentarios distintos.
  • DEl voto favorable de la mayoría de los miembros de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, siempre que los votos procedan de, al menos, dos grupos parlamentarios distintos.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Políticas Públicas
Tema
Tema 8. La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos, responsable y encargado del tratamiento, delegado y autoridades de protección de datos. Derechos digitales.
Ley
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

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1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cuál es la duración del mandato de la Presidencia y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos?
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  • ASu duración es de cinco años y no puede renovarse.
  • BTiene una duración de cinco años y es renovable por una periodo de igual duración.
  • CTiene una duración de cuatro años y no es renovable.
  • DTiene una duración de cuatro años y es renovable por una periodo de igual duración.
2. Conforme al artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la propuesta del Gobierno para la presidencia y adjuntía de la Agencia Española de Protección de Datos deberá ser aprobada:
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  • AA través del Congreso de los Diputados, en votación pública por mayoría de tres quintos de sus miembros en la primera votación.
  • BPor la Comisión de Justicia en votación pública por mayoría de tres quintos de sus miembros en primera votación.
  • CPor la Comisión de Justicia en votación pública por mayoría de dos tercios de sus miembros en primera votación.
  • DA través del Congreso de los Diputados, en votación pública por mayoría de dos tercios de sus miembros en la primera votación.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los actos y disposiciones emitidos por la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos:
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  • ANo ponen fin a la vía administrativa con las excepciones previstas en esta Ley, siendo recurribles ante el Ministro de Justicia.
  • BPonen fin a la vía administrativa, siendo recurribles, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
  • CNo finalizan la vía administrativa según las excepciones contempladas en esta Ley, siendo susceptibles de recurso ante el Consejo de la Agencia Española de Protección de Datos.
  • DPonen fin a la vía administrativa, siendo recurribles, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
4. De acuerdo con lo que establece el artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre la Protección de Datos Personales y la garantía de los derechos digitales, la relación de la Agencia de Protección de Datos con el Gobierno se realiza a través de:
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  • AMinisterio de Hacienda.
  • BMinisterio de Justicia.
  • CMinisterio de Interior.
  • DMinisterio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
5. De acuerdo con el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el nombramiento del Presidente y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos se llevará a cabo:
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  • APor el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, entre personas de reconocida competencia profesional, en particular en materia de protección de datos.
  • BPor el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de entre los miembros del Consejo Consultivo de la Agencia.
  • CMediante el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, entre personas que cuenten con una reconocida competencia profesional, especialmente en el ámbito de la protección de datos.
  • DPor el Congreso de los Diputados, a propuesta del Gobierno, de entre los miembros de la Agencia.

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