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De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007 para asegurar la igualdad real de mujeres y hombres, indique cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta respecto a los criterios generales de actuación de los Poderes Públicos:

Respuestas
  • ALa integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades en el conjunto de las políticas económica, laboral, social, cultural y artística, con el fin de evitar la segregación laboral y eliminar las diferencias retributivas, así como potenciar el crecimiento del empresariado femenino en todos los ámbitos que abarque el conjunto de políticas y el valor del trabajo de las mujeres, excluido el doméstico.
  • BEl compromiso con la efectividad del derecho constitucional de igualdad entre mujeres y hombres.
  • CLa colaboración y cooperación entre las distintas Administraciones públicas en la aplicación del principio de igualdad de trato y de oportunidades.
  • DLa adopción de las medidas necesarias para eliminar la violencia de género, la violencia familiar y todas las formas de acoso sexual y acoso por motivo de sexo.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Políticas Públicas
Tema
Tema 9. Políticas de igualdad y contra la violencia de género: régimen jurídico. Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Discapacidad y dependencia: régimen jurídico.
Ley
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Preguntas similares

1. Indique cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta en relación con la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del EstadoVer detalles
  • AEl acoso sexual y el acoso por razón de sexo se considerarán siempre discriminatorios.
  • BEl condicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la aceptación de una situación constitutiva de acoso sexual o de acoso por razón de sexo se considerará acto de discriminación por razón de sexo
  • CSe considerará discriminación por razón de sexo cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres
  • DLos actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán anulables

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