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Por excepción, el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño de los cargos electivos siguientes:

Respuestas
  • AMiembros de las Corporaciones locales, salvo que desempeñen en las mismas cargos retribuidos en régimen de dedicación exclusiva.
  • BMiembros de las Corporaciones locales, aunque desempeñen en las mismas cargos retribuidos en régimen de dedicación exclusiva.
  • CMiembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, salvo que perciban retribuciones periódicas por el desempeño de la función o que por las mismas se establezca la compatibilidad.
  • DNinguna es correcta.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 17. Régimen de incompatibilidades. Ética del servicio público. Contenido del Capítulo VI del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ley
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Preguntas similares

1. Por excepción, el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño de los cargos electivos siguientes:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AMiembro del Consejo de Ministros.
  • BDiputado autonómico, salvo que perciba retribuciones periódicas por el desempeño de la función o que por las mismas se establezca la incompatibilidad.
  • CSecretario de Estado.
  • DAlcalde en régimen de dedicación exclusiva y cargo retribuido.
2. Señale la respuesta incorrecta. En todo caso, el personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, no podrá ejercer las actividades siguientes:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa participación superior al 5 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades a que se refiere el párrafo anterior.
  • BLa pertenencia a Consejos de Administración u órganos rectores de Empresas o Entidades privadas, independientemente de que la actividad de las mismas esté o no directamente relacionada con las que gestione el Departamento, Organismo o Entidad en que preste sus servicios el personal afectado.
  • CEl desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los tres últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público.
  • DEl desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público.
3. Señale que actividad queda exceptuada del régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, si es desarrollada por el personal incluido en su ámbito de aplicación:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa producción literaria, aunque se origine como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios.
  • BLas derivadas de la Administración del patrimonio personal o familiar, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 de la citada ley.
  • CLa participación ocasional o asidua en coloquios y programas en cualquier medio de comunicación social.

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