Señale la respuesta correcta de conformidad con el artículo 181 del Reglamento de Aplicación de los Tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, respecto a las medidas cautelares adoptadas en un procedimiento inspector:

Respuestas
  • AEn casos justificados, la apertura del precinto podrá realizarse sin la presencia del obligado tributario.
  • BEn el depósito, los elementos de prueba quedarán bajo la custodia de la persona que determine el obligado tributario.
  • CExcepcionalmente podrán adoptarse medidas cautelares aun cuando ocasionen un perjuicio de difícil o imposible reparación.
  • DLos documentos incautados no podrán ser objeto de precinto.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 10.
Epígrafe
Actuaciones y procedimiento de inspección: Funciones y facultades. Documentación de las actuaciones de inspección. La personación de la inspección en el domicilio o locales del contribuyente. El procedimiento de inspección: iniciación, desarrollo y terminación. Las medidas cautelares en el procedimiento inspector.
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-07-18 - OEP 2022 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

Preguntas similares

1. De conformidad con el artículo 181.4 del Reglamento de Aplicación de los Tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, la diligencia en la que se haga constar la adopción de medidas cautelares en el procedimiento de inspección:
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  • ASe extenderá con carácter previo a la adopción de la medida cautelar para su firma por el Inspector Regional.
  • BSe extenderá una vez finalizado el plazo previsto para formular alegaciones.
  • CSe extenderá en el mismo momento en el que se adopte la medida cautelar, salvo que ello no sea posible por causas no imputables a la Administración, en cuyo caso se extenderá en cuanto desaparezcan las causas que lo impiden.
  • DLa adopción de medidas cautelares no se documentará en diligencia.
2. De conformidad con el artículo 189 del Reglamento de Aplicación de los Tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, el procedimiento inspector:
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  • ATerminará con la firma de las actas que contengan la regularización realizada.
  • BTerminará, tratandose de actuaciones de comprobación de obligaciones formales, mediante diligencia o informe, salvo que la normativa tributaria establezca otra cosa.
  • CTerminará con la conclusión del trámite de audiencia donde se ponga de manifiesto el expediente al obligado o su representante.
  • DTerminará por el transcurso del plazo de 6 meses desde que se produjo la suspensión del procedimiento por causa de fuerza mayor.
3. De conformidad con el artículo 181.5 del Reglamento General de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, ¿qué recurso/s cabe/n contra un Acuerdo de adopción de medidas cautelares en un procedimiento inspector?:
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  • ARecurso de reposición ante el órgano de recaudación.
  • BReclamación económico-administrativa.
  • CNo cabe recurso o reclamación económico-administrativa.
  • DRecurso de reposición ante el órgano liquidador.
4. En relación con la representación de los obligados tributarios, y de conformidad con el artículo 111 del Reglamento General de Aplicación de los Tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, señale la respuesta INCORRECTA:
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  • ALa representación podrá ser otorgada en favor de personas jurídicas o de personas físicas con capacidad de obrar.
  • BLa renuncia a la representación no tendrá efectos ante el órgano actuante hasta que no se acredite que dicha renuncia se ha comunicado de forma fehaciente al representado.
  • CLa revocación de la representación supone la nulidad de las actuaciones practicadas con el representante antes de que se haya acreditado esta circunstancia al órgano actuante.
  • DA efectos de lo dispuesto en el artículo 46.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se entenderá otorgada la representación, entre otros casos, cuando se otorgue mediante comparecencia personal ante el órgano administrativo competente, lo que se documentará en diligencia.

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