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El artículo 413 del Código Penal describe el delito de la infidelidad en la custodia de documentos, como la autoridad o funcionario público que:

Respuestas
  • AA sabiendas, destruyere, o sin su conocimiento se inutilizare u ocultare, la totalidad de los documentos cuya custodia tuviere en ese momento, con independencia que se le hubiese encomendado por razón de su cargo.
  • BA sabiendas, destruyere, inutilizare u ocultare, la totalidad de los documentos cuya custodia tuviere en ese momento, con independencia que se le hubiese encomendado por razón de su cargo.
  • CA sabiendas, sustrajere, destruyere, o sin su conocimiento se inutilizase u ocultase, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo.
  • DA sabiendas, sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 26.
Epígrafe
26.4 Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-20 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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