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En el delito de quebrantamiento de condena, regulado en el artículo 468 del Código Penal, se impone la pena de multa de doce a veinticuatro meses a:

Respuestas
  • ALos que inutilicen o perturben el funcionamiento normal de los dispositivos técnicos que hubieran sido dispuestos para controlar el cumplimento de las penas, medidas de seguridad o medidas cautelares.
  • BLos que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia, sin estar privado de libertad.
  • CLos que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia estando privados de libertad.
  • DLos que quebrantaran la medida de libertad vigilada.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 27.
Epígrafe
27.7 Especial referencia al quebrantamiento de condena
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2019-09-15 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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