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Como dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas:

Respuestas
  • ACuando transcurriesen 10 días naturales desde su posta a disposición.
  • BDesde el momento en el que se produzca el acceso a su contenido.
  • CDesde el momento en que se tenga constancia de su recepción.
  • DDesde el momento de su envío, debiéndose tener constancia fehaciente de este.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
Tema
Tema 15.
Epígrafe
15.3 Eficacia y validez de los actos administrativos
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Administrativo
Tema
Tema 53.
Epígrafe
53.2 Motivación y notificación
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho administrativo
Tema
Tema 3.
Epígrafe
3.2 Motivación y notificación
Ley
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Preguntas similares

1. De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, las notificaciones por medios electrónicos se considerarán practicadas:
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  • AEn el momento en que se genere el acuse de recibo del interesado.
  • BDesde la puesta a disposición en sede electrónica.
  • CCuando se envíe el aviso de puesta a disposición en la sede electrónica.
  • DEn el momento en que se produzca el acceso a su contenido.
2. De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, las notificaciones por medios electrónicos se considerarán practicadas:
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  • AEn el momento en que se genere el acuse de recibo del interesado.
  • BDesde la puesta a disposición en sede electrónica.
  • CCuando se envíe el aviso de puesta a disposición en la sede electrónica.
  • DEn el momento en que se produzca el acceso a su contenido.
3. De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, las notificaciones por medios electrónicos se considerarán practicadas:
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  • AEn el momento en que se genere el acuse de recibo del interesado.
  • BDesde la puesta a disposición en sede electrónica.
  • CCuando se envíe el aviso de puesta a disposición en la sede electrónica.
  • DEn el momento en que se produzca el acceso a su contenido.
4. Según el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los registros electrónicos:
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  • AEspecificarán en sus disposiciones de creación el órgano o unidad responsable de su gestión así como la fecha y hora oficial y los días declarados como inhábiles.
  • BEmitirán automáticamente un recibo del asiento que se practique que no tendrá la consideración de copia autenticada del documento que se registra.
  • CSe dividirán en Registro Electrónico General para cada Administración y Registros Auxiliares, independientes y no conectados con el Registro General.
  • DPermitirán la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones solo los días hábiles.
5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el apartado 2 de su artículo 41 establece que una notificación no se realizará por medios electrónicos cuando:
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  • ACuando no esté justificado que la persona interesada cuenta con medios suficientes para poder ser notificado electrónicamente.
  • BContengan datos considerados especialmente protegidos conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • CContengan datos personales de personas distintas a la notificada.
  • DContengan medios de pago a favor de los obligados.
6. Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando la notificación por medios electrónicos haya sido expresamente elegida por el interesado se entenderá rechazada:
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  • AA los cinco días hábiles desde la puesta a disposición en los procedimientos iniciados de oficio sin que se acceda a su contenido.
  • BCuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
  • CA los diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
  • DDentro de los tres días naturales de que se produzca el acceso al contenido en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
7. Conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende por documentos públicos administrativos:
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  • ALos válidamente emitidos por los órganos de las Administraciones Públicas.
  • BLos válidamente emitidos por las Administraciones Públicas y sus organismos autónomos.
  • CLos válidamente emitidos por las Administraciones Públicas y sus organismos dependientes.
  • DLos válidamente emitidos por las Administraciones Públicas Territoriales e Institucionales.

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