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Según el artículo 7 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado, la función interventora se ejercerá en sus modalidades de intervención formal y material. La intervención formal consistirá en:

Respuestas
  • AVerificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la adopción del acuerdo, mediante el examen de los principios de estabilidad presupuestaria y regla de gasto.
  • BLa comprobación de la real y efectiva aplicación de los ingresos.
  • CVerificar el cumplimento de los requisitos legales necesarios para la adopción del acuerdo, mediante el examen de todos los documentos que preceptivamente deban estar incorporados en el expediente.
  • DLa comprobación de la real y efectiva aplicación de los fondos públicos.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 28.
Epígrafe
28.1 Control del gasto público en España. El control interno de la gestión presupuestaria: La Intervención General del Estado.
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-11-28 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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