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Conforme al artículo 281 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, del Reglamento Penitenciario, corresponde a los Juristas del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias:

Respuestas
  • ASupervisar la ejecución de las actividades programadas por el Equipo Técnico, distribuyéndolas, según su naturaleza, entre los miembros del Equipo, que las ejecutarán de acuerdo con las técnicas propias de su especialidad y bajo el control inmediato del Jefe del Equipo.
  • BProponer a la Junta de Tratamiento la adopción de las medidas necesarias para superar las carencias que presenten los internos.
  • CAsistir como vocal a las reuniones del equipo participando en sus actuaciones y acuerdos.
  • DFormular, en función del estudio científico de la personalidad de los penados y de los datos e informaciones de que se dispongan, las propuestas razonadas de grado inicial de clasificación y de destino al Establecimiento que corresponda.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 20.
Epígrafe
20.1 El informe jurídico. Estructura y contenido
Ley
Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-03-03 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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