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Según dispone el artículo 121 del Reglamento Penitenciario, podrá conceder un traslado a un/una interno/a a otro Establecimiento por motivos educativos:

Respuestas
  • ALa Junta de Tratamiento, previo informe preceptivo del Equipo Técnico.
  • BEl Consejo de Dirección, previo informe de la Unidad Educativa.
  • CEl Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, previo informe de la Junta de Tratamiento.
  • DEl Centro Directivo, previo informe de la Junta de Tratamiento.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho penitenciario
Tema
Tema 21. Elementos y programas de tratamiento. La formación, la cultura y el deporte como elementos de los diferentes programas de tratamiento. La necesaria colaboración régimen-tratamiento para la ejecución de los programas. El trabajo con grupos: organización. Actividades. El trabajo del educador en los grupos
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-20 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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