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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 5ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, el auto dictado por el Juez de Vigilancia Penitenciaria resolviendo un recurso formulado por un interno contra una sanción disciplinaria, puede ser objeto de:

Respuestas
  • ARecurso de reforma y posterior de apelación o queja.
  • BNo puede ser objeto de recurso alguno.
  • CRecurso de alzada y posterior de reforma.
  • DRecurso de apelación exclusivamente.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 39.
Epígrafe
39.4 Cuestiones procesales
Ley
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
Preguntada en la convocatoria de:
(2019-09-15 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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