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De conformidad con el artículo 790 de la Ley de Enjuciamiento Criminal, el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juez de lo Penal o el Juez Central de lo Penal podrá ser interpuesto por cualquiera de las partes:

Respuestas
  • ADentro de los cinco días siguientes a aquel en que se les hubiere notificado la sentencia.
  • BDentro de los quince días siguientes a aquel en que se les hubiere notificado la sentencia.
  • CDentro de los veinte días siguientes a aquel en que se les hubiere notificado la sentencia.
  • DDentro de los diez días siguientes a aquel en que se les hubiere notificado la sentencia.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Procesal Penal
Tema
Tema 33.
Epígrafe
33.2 Recursos de apelación y queja
Ley
Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-20 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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