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En el artículo 118.1 del Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, se establece que las actividades educativas, formativas, socioculturales y deportivas se determinarán:

Respuestas
  • APor el Consejo de Dirección, teniendo en cuenta los planes del Centro Directivo a partir de los programas individualizados elaborados por la Junta de Tratamiento.
  • BPor el Centro Directivo para todos los Establecimientos Penitenciarios.
  • CPor la Junta de Tratamiento en cada Centro.
  • DPor la Junta de Tratamiento, teniendo en cuenta los planes del Centro Directivo a partir de los programas individualizados elaborados por el Equipo Técnico.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 10. El Tratamiento Penitenciario (2): Elementos y programas de tratamiento. La formación, la cultura y el deporte como elementos de los diferentes programas de tratamiento. La necesaria colaboración régimen-tratamiento para la ejecución de los programas
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2019-01-27 - OEP 2018) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. ¿A quién corresponde determinar las actividades educativas, formativa, socioculturales y deportivas que se llevarán a cabo en el Centro penitenciario, de conformidad con el artículo 118.1 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario?:
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  • AAl Consejo de Dirección.
  • BA la Junta de Tratamiento.
  • CA la Dirección del Establecimiento.
  • DAl Centro Directivo.
2. Conforme a lo establecido en el Artículo 118.1 del vigente Reglamento Penitenciario, las actividades educativas, formativas, socioculturales y deportivas se determinarán por:
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  • AConsejo de Dirección
  • BJunta de Tratamiento
  • CSubdirector de Tratamiento
  • DCentro Directivo
3. Conforme el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, las actividades de carácter educativo formativo, sociocultural y deportivo, serán determinadas por:
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  • AEl Consejo de Dirección.
  • BEl Centro Directivo.
  • CLa Junta de Tratamiento.
  • DLa Administración Educativa.
4. La programación de las actividades educativas, formativas, socioculturales y deportivas, según el artículo 118 del Reglamento Penitenciario, se determinará por:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa Junta de Tratamiento, teniendo en cuenta los planes de actuación del Consejo de Dirección, a partir de los programas individualizados elaborados por el Equipo Técnico.
  • BLa Junta de Tratamiento, teniendo en cuenta los planes de actuación del Consejo de Dirección, a partir de los programas individualizados elaborados por el Centro Directivo.
  • CLa Dirección del Centro, teniendo en cuenta los planes de actuación de la Junta de Tratamiento, a partir de los programas individualizados elaborados por el Equipo Técnico.
  • DEl Consejo de Dirección, teniendo en cuenta los planes de actuación del Centro Directivo, a partir de los programas individualizados elaborados por la Junta de Tratamiento.

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