ALa participación superior al 5 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades a que se refiere el párrafo c de este mismo artículo.
BLa pertenencia a Consejos de Administración u órganos rectores de Empresas o Entidades públicas o privadas, con independencia de que la actividad de las mismas esté directamente relacionada con las que gestione el Departamento, Organismo o Entidad en que preste sus servicios el personal afectado.
CEl desempeño, por sí o por persona interpuesta, de cargos de todo orden en Empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquéllas.
DEl desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los tres últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público.