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Uno de los principios rectores de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género es:

Respuestas
  • ALa puesta en marcha de órganos jurídicos que permitan una pronta respuesta ante los casos de violencia de género.
  • BGarantizar el principio de transversalidad de las medidas, de manera que en su aplicación se tengan en cuenta las necesidades y demandas específicas de todas las mujeres víctimas de violencia de género.
  • CEliminar las situaciones en las que se encuentran las personas que, en atención a su sexo, son consideradas como discriminación directa.
  • DLa puesta en marcha de medidas de protección a las hijas e hijos de las mujeres víctimas de violencia de género.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Políticas públicas
Tema
Tema 10. Políticas sociales de igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Normativa vigente. Régimen jurídico de la Dependencia. La Administración electrónica según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Ley
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-03-03 - OEP 2023 (Promoción interna)) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Indique la respuesta correcta en relación con lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento de la interposición de la denuncia, y a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida.
  • BLas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito justo antes de interponer la denuncia, así como a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan su origen en la violencia sufrida.
  • CLas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia, y a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa en la violencia padecida.
  • DLas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia, y a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida.

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