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Respuestas
  • AEl cálculo de cumplimiento de la mitad de condena es requisito objetivo para el disfrute de permisos ordinarios de salida, a tenor del artículo 154 del Reglamento Penitenciario.
  • BCon carácter general, el cálculo de cumplimiento de las tres cuartas partes de la condena es circunstancia objetiva para el disfrute de la libertad condicional, de darse el resto de requisitos enumerados en el artículo 90.1 del Código Penal.
  • CEl cálculo de cumplimiento de las tres cuartas partes de la condena es requisito objetivo para el disfrute de salidas programadas del artículo 114 del Reglamento Penitenciario.
  • DEl cálculo de cumplimiento de la cuarta parte de la condena es requisito objetivo para el disfrute de permisos extraordinarios de salida, a tenor del artículo 155 del Reglamento Penitenciario.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 13. Libertad y excarcelación en sus distintas formas. El procedimiento de expulsión de extranjeros. Suspensión de la ejecución del resto de la pena y concesión de la libertad condicional: Requisitos para su concesión y revocación. Mecanismos de control de esta situación. Los beneficios penitenciarios y sus clases
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-27 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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