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Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes:

Respuestas
  • ASólo cuando se trate de casos de fuerza mayor propia o impropia, y por tanto no sea imputable al administrado.
  • BEn todo caso por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes o derechos, incluidos los supuestos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos.
  • CDe toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo que por motivos presupuestarios no autorice el pago de la indemnización el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
  • DDe toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Administrativo
Tema
Tema 57.
Epígrafe
57.1 La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Su regulación en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Ley
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Preguntada en la convocatoria de:
(2016-02-07 - OEP 2015) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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