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Según establece el Artículo 20 del vigente Reglamento Penitenciario, al momento de realización de la separación interior, la estancia de preventivos o penados en el departamento de ingresos será, como máximo:

Respuestas
  • ADe 5 días y sólo podrá prolongarse por motivos de orden sanitario o para preservar su seguridad.
  • BDe 3 días en los preventivos y, si el médico no dispusiese otra cosa, pasarán al departamento que les corresponda.
  • CDe 5 días y de la prolongación se dará cuenta al Centro Directivo.
  • DDe 3 días y de la prolongación se dará cuenta al Juez de Vigilancia correspondiente.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 5. El Régimen Penitenciario (1): Concepto y principios inspiradores. Normas generales en la organización de un Centro Penitenciario. El ingreso. Las relaciones con el exterior: comunicaciones, visitas, paquetes. La participación de los internos en las actividades. Información, quejas, recursos. Las conducciones y traslados en sus diferentes modalidades
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2017-01-21 - OEP 2016) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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