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En relación con el beneficio penitenciario del indulto particular, el Reglamento Penitenciario establece que:

Respuestas
  • AA propuesta de la Junta de Tratamiento, el/la Director/a podrá solicitar del Juzgado o Tribunal Sentenciador la tramitación de un indulto particular, que se regulará por lo dispuesto en la vigente legislación sobre el ejercicio del derecho de gracia.
  • BA propuesta de la Junta de Tratamiento, el Consejo de Dirección podrá solicitar del Juzgado de Vigilancia la tramitación de un indulto particular, que se regulará por lo dispuesto en la vigente legislación sobre el ejercicio del derecho de gracia.
  • CA propuesta del Equipo Técnico, la Junta de Tratamiento podrá solicitar del Juzgado o Tribunal Sentenciador la tramitación de un indulto particular, que se regulará por lo dispuesto en la vigente legislación sobre el ejercicio del derecho de gracia.
  • DA propuesta del Equipo Técnico, la Junta de Tratamiento podrá solicitar del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria la tramitación de un indulto particular, que se regulará por lo dispuesto en la vigente legislación sobre el ejercicio del derecho de gracia.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 13. Libertad y excarcelación en sus distintas formas. El procedimiento de expulsión de extranjeros. Suspensión de la ejecución del resto de la pena y concesión de la libertad condicional: Requisitos para su concesión y revocación. Mecanismos de control de esta situación. Los beneficios penitenciarios y sus clases
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-11-27 - OEP 2021/2022) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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