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Según el artículo, 321 del RP, los internos con el peculio de libre disposición podrán:

Respuestas
  • AOrdenar transferencias a su familia o a otras personas, previa autorización del Director del Establecimiento.
  • BOrdenar transferencias a su familia o a otras personas, previa autorización del Administrador del Establecimiento.
  • COrdenar transferencias solo a su familia, previa autorización del Administrador del Establecimiento.
  • DOrdenar transferencias solo a su familia, previa autorización del Director del Establecimiento.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 20. El régimen económico de los Establecimientos Penitenciarios: Principios generales y régimen patrimonial. Contabilidad general. Las cuentas presupuestarias y extrapresupuestarias. Gestión de almacenes. Las formas de gestión de los servicios de economatos, cocinas, alimentación y vestuario. El peculio de los internos: formas de gestión. Las pertenencias de los internos: Administración y custodia. La oficina de habilitación: Gestión de nóminas y seguridad social de los empleados públicos. Inventario general de equipamiento, utensilio y mobiliario en un Centro Penitenciario
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2015-01-25 - OEP 2014) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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