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Conforme a lo establecido en el Artículo 17 de la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ¿está obligado el solicitante a motivar su solicitud para ejercer el derecho de acceso a la información pública?

Respuestas
  • ASí, el solicitante está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. Deberá exponer los motivos por los que solicita la información que serán tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución.
  • BNo, el solicitante no está obligado en ningún caso a motivar su solicitud de acceso a la información. Sin embargo, podrá exponer los motivos por los que solicita la información que deberán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución.
  • CSí, ya que la ausencia de motivación será por si sola causa de rechazo de la solicitud.
  • DNo, el solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. Sin embargo, podrá exponer los motivos por los que solicita la información y que podrán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
Tema
Tema 13. El Gobierno abierto. Especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno
Ley
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Preguntada en la convocatoria de:
(2017-01-21 - OEP 2016) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

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