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Según el artículo 79.6 de la Ley General Presupuestaria la aprobación o reparo de la cuenta justificativa presentada por los perceptores de pagos a justificar se llevará cabo, por parte de la autoridad competente, en el plazo de:

Respuestas
  • ALos veinte días siguientes a la fecha de aportación de los documentos justificativos.
  • BUn mes desde la presentación de la cuenta justificativa.
  • CLos dos meses siguientes a la fecha de aportación de los documentos justificativos.
  • DTres meses después de presentada la cuenta justificativa, excepto las correspondientes a pagos de expropiaciones y pagos en el extranjero que podrá ser en el plazo de seis meses.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Gestión financiera
Tema
Tema 19. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos
Ley
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-03-03 - OEP 2023 (Promoción interna)) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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