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¿Para ser trasladados a un establecimiento de régimen cerrado o a un departamento especial de los regulados en el vigente Reglamento Penitenciario es necesario?:

Respuestas
  • AAcuerdo motivado del Consejo de Dirección y aprobación del Centro Directivo mediante resolución motivada.
  • BMediando motín, agresión física con arma u objeto peligros, toma de rehenes o intento violento de evasión, se puede acordar por el Centro Directivo, aunque no se haya producido resolución clasificatoria en primer grado.
  • CSiempre Resolución motivada del Centro Directivo, previa propuesta razonada de la Junta de Tratamiento contenida en el ejemplar de clasificación o en su caso en el de regresión de grado.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 17.
Epígrafe
17.3 Traslado de penados a departamentos de régimen cerrado
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2009-09-05 - OEP 2009) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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