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De acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su versión modificada por la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de junio, el propósito de esta Ley es la creación de medidas que:

Respuestas
  • ASancionadoras de carácter penal, y disciplinarias en el ámbito administrativo, que contribuyan a erradicar la desigualdad entre los hombres y las mujeres
  • BMedidas de protección dirigidas a las mujeres que sufren violencia de género, de manera integral y excluyente en relación con otras víctimas.
  • CDe protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores, y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia
  • DDe asistencia de carácter económico y de ayudas públicas a las mujeres víctimas de violencia de género.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Políticas públicas
Tema
Tema 10. Políticas sociales de igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Normativa vigente. Régimen jurídico de la Dependencia. La Administración electrónica según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Ley
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

Preguntas similares

1. Indique la respuesta correcta en relación con lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento de la interposición de la denuncia, y a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida.
  • BLas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito justo antes de interponer la denuncia, así como a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan su origen en la violencia sufrida.
  • CLas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia, y a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa en la violencia padecida.
  • DLas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia, y a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida.
2. De acuerdo con lo que establece el artículo 4.3 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la Educación Primaria va a contribuir a:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AA desarrollar en el alumnado la capacidad para relacionarse con los demás de forma pacífica y para conocer, valorar y respetar la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres.
  • BA desarrollar en el alumnado su capacidad para adquirir habilidades en la resolución pacífica de conflictos y para comprender y respetar la igualdad entre sexos.
  • CA fomentar en el alumnado la capacidad de consolidar su madurez personal, social y moral, de manera que puedan actuar de forma responsable y autónoma, así como analizar y evaluar críticamente las desigualdades de género y promover la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
  • DA desarrollar en la infancia el aprendizaje en la resolución pacífica de conflictos.

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