AAprobada la solicitud y el programa de colaboración por el Centro Directivo, previo informe de la Junta de Tratamiento penitenciario correspondiente, la institución o asociación colaboradora deberá inscribirse, para poder actuar, en el Registro Especial de Entidades Colaboradoras gestionado por el Centro Directivo.
BLas instituciones y asociaciones públicas y privadas dedicadas a la asistencia de los reclusos deberán presentar, para su aprobación por el Centro Directivo, la correspondiente solicitud junto con el programa concreto de intervención penitenciaria que desee desarrollar.
CFinalizada la ejecución del programa de colaboración, la institución o asociación colaboradora elaborará un estudio de evaluación del impacto y resultados del programa que, junto con el informe del Consejo de Dirección del Establecimiento, se remitirá por el Director al Centro Directivo.
DLa inscripción en el Registro Especial tendrá carácter meramente declarativo.