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Conforme establece la Orden de 30 de julio de 1992 sobre instrucciones para la confección de nóminas, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, para justificar el alta en nómina de un contratado laboral de nuevo Ingreso no será necesario unir:

Respuestas
  • ACopia del plan, propuesta o expediente de contratación sobre el que fue ejercida la fiscalización del gasto.
  • BContrato laboral.
  • CCopia de la hoja de servicios.
  • DCertificación de antigüedad expedida por el órgano competente.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Administración de Recursos Humanos
Tema
Tema 18. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas: Estructuras y normas de confección. Altas y bajas, su justificación. Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos económicos. Especial referencia a la evaluación del desempeño. Indemnizaciones por razón del servicio
Preguntada en la convocatoria de:
(2015-01-25 - OEP 2014 (Promoción interna)) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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