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Conforme indica el artículo 94.5 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, el cargo de Juez de Vigilancia Penitenciaria:

Respuestas
  • AEs incompatible con el desempeño de un órgano del orden jurisdiccional penal.
  • BEs incompatible con el desempeño de un órgano jurisdiccional penal sis se trata de hacerse cargo del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.
  • CEs compatible con el desempeño de un órgano del orden jurisdiccional penal.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 39.
Epígrafe
39.2 Naturaleza jurídica. Normativa vigente
Ley
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
Preguntada en la convocatoria de:
(2010-09-25 - OEP 2010) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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