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El artículo 75 del Reglamento Penitenciario contempla la posibilidad de adoptar medidas restrictivas en el régimen de vida de un interno cuando ello sea preciso para el aseguramiento de su persona o para salvaguardar la seguridad y el buen orden del establecimiento. Indique él órgano competente para adoptar el acuerdo:

Respuestas
  • ALa Junta de Tratamiento, en sesión extraordinaria convocada al efecto.
  • BEl Director de Centro, mediante acuerdo motivado.
  • CEl Centro Directivo, a propuesta de la Junta de Tratamiento en la primera sesión que celebre.
  • DEl Consejo de Dirección, mediante acuerdo motivado.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 15.
Epígrafe
15.2 Limitaciones regimentales y medidas de protección personal
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2019-09-15 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

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