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De acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los siguientes pueden llevar a cabo un contrato de concesión de servicios:

Respuestas
  • AÚnicamente los organismos que se consideren parte de la Administración General del Estado.
  • BSólo los entes que tengan la consideración de Administración Pública.
  • CTodos los entes que tengan la consideración de Poderes Adjudicadores.
  • DTodos los entes del Sector Público.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho administrativo
Tema
Tema 7. Ley de Contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación. Contratos del Sector Público: Delimitación de los tipos contractuales y umbrales. Disposiciones Generales sobre la contratación del sector público
Ley
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014

Preguntas similares

1. De acuerdo con el artículo 67 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, podrán contratar con el Sector Público:
Cuerpo Especial de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALas personas jurídicas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, en los contratos sujetos a regulación armonizada, siempre que presenten el informe de reciprocidad de participación de empresas españolas en la contratación con los correspondientes entes del sector público de ese país, en forma sustancialmente análoga.
  • BLas empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, con arreglo a la legislación del Estado español, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
  • CLas personas jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, siempre que abran una sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones.
  • DLas personas jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, justificando mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los correspondientes entes del sector público de ese país, en forma sustancialmente análoga.

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