ALa resolución se notificará al/a la interno/a interesado/a, indicándole en la notificación que, de no
estar conforme con la misma, puede acudir en vía de recurso ante el Tribunal Sentenciador.
BCuando se trate de penados/as con condenas de hasta un año, la propuesta de clasificación inicial
formulada por la Junta de Tratamiento, adoptada por acuerdo unánime de sus miembros, tendrá la
consideración de resolución de clasificación inicial a todos los efectos, salvo cuando se haya
propuesto la clasificación en primer grado de tratamiento, en cuyo caso la resolución corresponderá
al Centro Directivo.
CLa resolución se dictará, de forma escrita y motivada, por el Centro Directivo en el plazo máximo de
dos meses desde la fecha de la propuesta.
DEl plazo para dictar resolución de clasificación inicial podrá ampliarse hasta un máximo de un mes
más, para la mejor observación de la conducta y la consolidación de los factores positivos del/de la
interno/a.