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En atención a la Instrucción 9/2011, de 1 de julio, que regula el procedimiento de gestión administrativa de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, cuando un penado/a no acude a la cita del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, y no está ingresado/a en un centro penitenciario, se comunica:

Respuestas
  • AAl Centro Directivo, como máximo dos meses después de producida la incomparecencia y se archiva el expediente en ese mismo acto.
  • BAl Centro Directivo, como máximo un mes después de producida la incomparecencia y se archiva el expediente en ese mismo acto.
  • CAl Juzgado ejecutor, como máximo un mes después de producida la incomparecencia y se archiva el expediente en ese mismo acto.
  • DAl Juzgado ejecutor, como máximo dos meses después de producida la incomparecencia y se archiva el expediente en ese mismo acto.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Gestión penitenciaria
Tema
Tema 3. La pena de localización permanente. La pena de trabajos en beneficio de la comunidad. Regulación. Procedimientos de gestión. Las formas sustitutivas de la ejecución penal: las suspensiones y sustituciones de condenas de penas privativas de libertad y revocación. Requisitos. Reglas de conducta. Ejecución de los programas impuestos. Régimen del cumplimiento
Instrucción
Instrucción 9/2011. Procedimiento de gestión administrativa de la pena de TBC. Nuevo manual de ejecución
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-03-03 - OEP 2023 (Promoción interna)) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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